Convocatoria kit digital sociedades civiles abierta a partir del 12 de septiembre

Este mes de julio se ha abierto una nueva convocatoria para acceder a las ayudas del Kit Digital destinadas a la digitalización de comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y sociedades profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil.

El plazo de presentación de la petición de la subvención del kit digital se inicia el próximo 12 de septiembre y se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 100 millones de euros ampliables.

Estos tipos de sociedades no habían podido acceder al kit digital en las anteriores convocatorias, pero estaba pendiente la publicación de una nueva convocatoria para ellas. Finalmente ya ha sido publicada y todas estas sociedades pueden acceder ahora ya también a las subvenciones del kit digital.

Requisitos para acceder al kit digital

Estas entidades podrán optar a su bono digital si tienen menos de 50 empleados y, como en las anteriores convocatorias, la ayuda se diferenciará atendiendo a ese criterio: Segmento I (entidades entre 10 y menos de 50 empleados), Segmento II (entidades entre 3 y menos de 10 empleados) y Segmento III (entidades entre 0 y menos de 3 empleados).

Pero, a diferencia de las anteriores convocatorias, se tendrá que cumplimentar un formulario único independientemente del segmento (I, II o III) al que pertenezcan y será Red.es quien realice, tras recibir la solicitud, las verificaciones necesarias para comprobar en qué segmento se ubica cada entidad solicitante y, por tanto, que ayuda recibirá en función del segmento en el red.es indique que pertenece.

Para poder optar a la ayuda, las entidades solicitantes deben estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que tendrá que reflejar la actividad económica que desarrollan a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.

Además, para las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y las sociedades civiles con objeto mercantil que no estén constituidas en escritura pública será necesario que se presente un modelo de representación legal nombrando a un representante legal de los integrantes de la entidad. Este procedimiento no será necesario para sociedades civiles profesionales.

Agentes digitalizadores

Los agentes digitalizadores acreditados serán los únicos que podrán desarrollar las soluciones de digitalización que estas entidades requieran, tras la concesión de la ayuda del kit digital y tras la firma de un acuerdo de colaboración entre la sociedad y el agente digitalizador.

Las soluciones de digitalización serán las mismas que para las anteriores convocatorias. Puedes consultarlas en nuestra página web.